Ahora hablemos acerca la jornada de trabajo de acuerdo a la lesgilación de México
La Ley Federal del Trabajo, en su promulgación en 1970, define la jornada laboral al tiempo durante el cual un trabajador está a disposición de un patrón para prestar su trabajo.
TIPOS DE JORNADAS
En la lesgilación mexicana se establecen tres (3) tipos de jornadas de laborales en México. Las cuales son las siguientes:
- Diurna (8 horas), esta jornada laboral es la que se desarrolla entre las 06:00 am y las 08:00 pm, con un máximo de ocho (8) horas de duración.
- Nocturna (7 horas), esta segunda jornada laboral es la se que desarrolla entre las 08:00 pm a las 06:00 am del día siguiente. Esta jornada no debe exceder las siete (7) horas de duración.
- Mixta (7.5 horas), esta tercera jornada comprende horas del período de la jornada diurna y nocturna. Sin embargo, es importante saber que esta jornada no permite que el trabajor no trabaje más de tres (3 1/2) tres horas y media de la jornada noctura. La jornada mixta completa es de siete horas y media.
- Jornada continua, esta jornada esta en función de la continuidad de la actividad que el trabajo va a realizar. Es decir, la cantidad de horas seguidas que el trabajor esta obligado a prestar sus servicios, con derecho a disfrutar de, al menos, media hora de descanso. Es importante saber que este tiempo de descanso es tiempo pagado.
- Jornada discontinua, esta jornada contempla una hora de descanso entre las horas de actividades que el trabajor va a realizar. En esta jornada, el trabajador puede salir del centro de trabajo, pero si el trabajador no pudiera salir por cualquier otra causa donde la empresa es responsable, la empresa debe pagar esta hora al trabajador.