La Ley Federal del Trabajo en su artículo 74, estable los días de descanso al que el trabajador tiene derecho.
- 1ro. de enero (año nuevo)
- El primer lunes de febrero (conmemoración del la Constitución mexicana, 5 de febrero)
- Tercer lunes de marzo (conmemoración del natalicio de de Benito Juárez, 21 de marzo)
- 1ro. de mayo (día del trabajo)
- 16 de septiembre (día de la independencia de México)
- El tercer lunes de noviembre (conmemoración de la Revolución Mexicana, 20 de noviembre)
- 1ro. de diciembre (cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Presidente)
- 25 de diciembre (Navidad)
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